El Reglamento de Servicios Portuarios de la UE, a debate en la UIMP

Santander.- El abogado y presidente de la Asociación Internacional de Derecho Portuario de la Autoridad Portuaria de Santander, Fernando Bárcena Ruiz y el jefe de la Asesoría Jurídica de Puertos del Estado y abogado del Estado, José Antonio Morillo-Velarde, han inaugurado en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), junto con el director de Servicios Universitarios de la UIMP, Ignacio González Requena, la tercera edición del encuentro Derecho marítimo y portuario.

Bárcena ha destacado la importancia de este encuentro para la “mejora de la seguridad de la navegación marítima y la protección portuaria”. En esta línea, Morillo-Velarde ha apuntado los ejes fundamentales de estas jornadas: “La incidencia de la nueva regulación europea en el marco jurídico del sistema portuario español, el proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, así como los procedimientos de adjudicación de concesiones portuarias”.

Por su parte, el director de Servicios y Competitividad de Puertos del Estado, Ignacio Arrondo Perals, ha sido el encargado de pronunciar la primera ponencia del encuentro. Arrondo ha abordado el impacto en la legislación española del nuevo Reglamento de Servicios Portuarios de la Unión Europea. En su opinión, la incidencia de esta nueva regulación va a ser “pequeña y positiva”, ya que España en 2003 “se adelantó a Europa en esta materia”. De modo que el Reglamento “no introduce ninguna alteración significativa sobre la actual regulación portuaria”. No obstante, ha indicado, “obliga a incorporar pequeñas modificaciones”.

El nuevo Reglamento, ha explicado Arrondo, “crea un marco para la prestación de servicios portuarios y adopta normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos”. Este sistema, ha indicado, “no impone ningún modelo especifico de gestión, ni prejuzga las normas ya existentes en los Estados miembros”. Y es que su principio general es “la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios”, ha añadido.

Además, el director de Servicios y Competitividad de Puertos del Estado ha recordado que esta normativa es “aplicable a los puertos de las redes transeuropeas”, lo que significa que en el caso de España “quedan fuera Vilagarcía de Arousa, Marín, la ría de Pontevedra, Tarifa, Gandía y Alcudia”. Aun así, ha señalado, “el Reglamento da la opción de incluirlos mediante una comunicación a la Comisión”. En este sentido, Arrondo ha considerado que, en su opinión, “esta será la decisión del Estado español”.

En último lugar, Arrondo ha apuntado que el Reglamento establece el 24 de marzo de 2019 como fecha límite de aplicación: “Difícilmente se podrá cumplir”, a pesar del margen de tiempo desde su entrada en vigor el 24 de marzo de este año.

 

Crédito UIMP 2017 | Juan Manuel Serrano